28 de mayo de 2006


La muerte y sus esp�ritus (Lilita, anciana)
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La eutanasia y sus espíritus asociados

Usualmente hablamos de “eutanasia”, para referirnos al homicidio ejecutado por misericordia; el que comete un militar con su compañero sufriente en el campo de batalla o un médico conmovido por el dolor y los gritos desgarradores de su paciente. Pasteur, Nobel y Freud constituyen algunos de sus más famosos promotores.

Este homicidio, si es practicado bajo el arraigo de una emoción que toma la naturaleza de una “fuerza irresistible” puede quedar exento de sanción penal. Como en aquel famoso caso en que una hermosa actriz polaca mató a su novio tuberculoso, en cumplimento de un pacto de amor.

Lo que pretenden las modernas leyes de eutanasia es crear un procedimiento bioético de corte administrativo que, preventivamente, evite analizar en sede penal la responsabilidad de los que practican una medida eutanásica, combinando criterios éticos, jurídicos y científicos.

Eutanasia no es lo mismo que la decisión de no implementar tratamientos inútiles, es decir, aquellos que sólo prolongan la agonía, sin contribuir al restablecimiento del paciente.

Eutanasia, no es lo mismo que la decisión informada del paciente en orden rechazar el tratamiento médico propuesto para salvar su vida.- Este derecho humano, desarrollado por la jurisprudencia anglosajona, es actualmente de reconocimiento prácticamente universal, por fundamentarse en la libertad y la dignidad del ser humano. No se trata ni de suicidio ni de eutanasia, se trata de aceptar la muerte, de resignarse a ella.

Eutanasia, no es lo mismo que el homicidio cometido por la omisión de tratamiento requerido, debido a la falta de recursos técnicos, económicos o humanos.- Esto es, el homicidio inherente a la pobreza de las unidades médicas; el que se comete al rechazar a un paciente por falta de espacio; el vinculado a la ausencia de fármacos o de equipos.

Este “homicidio por estado de necesidad”, casi nunca lleva a juicio penal. La responsabilidad de los profesionales de la salud queda diluida y se acentúa la responsabilidad de los gobernantes, de los que distribuyen el presupuesto o ejecutan el gasto.

Los reparos y prevenciones que afectan en Chile y en gran parte del mundo a la “despenalización” de la eutanasia, no deben impedir el libre y seguro ejercicio de las demás figuras bioéticas que habitan el vecindario en que la vida se une a la muerte.

Acabo de leer el proyecto sobre despenalización de la eutanasia presentado recientemente en la Cámara de Diputados. En mi opinión, lejos de contribuir a la mejor protección de la dignidad de los pacientes, la iniciativa los deja en una posición aún más desmedrada.

Ello, porque confunde el concepto de eutanasia con el del “rechazo al tratamiento”.-

El rechazo del procedimiento médico, aunque conlleve la muerte, es un derecho humano que fluye de la Constitución y que, por cierto, se respeta en forma progresiva y generalizada en la práctica médica.

En efecto, ningún facultativo puede pasar por sobre el rechazo expreso de su paciente y amputar una pierna, cegar la visión, extirpar órganos o realizar un transplante.

No necesitamos una legislación especial que nos defienda de semejante monstruosidad, nos basta con la Constitución y el Sistema Universal de Derechos Humanos.

Gonzalo Villar Bordones
Abogado
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